Nacional

Senadores alertan que “arriendo” de niños para pedir limosna va al alza y buscan tipificar delito

Denuncian la existencia de “verdaderas mafias de alquiler” de menores, por lo que ingresaron un proyecto para sancionar la “mendicidad infantil forzada”.

La práctica, revelada por primera vez en Concepción en 2021, “es aun más crítica en el norte del país, en Santiago centro y comunas aledañas”, aseguran.

Un grupo transversal de senadores alertó que el “arriendo” de niños para pedir limosna, práctica denunciaba públicamente por primera vez en 2021 en Concepción, va al alza, por lo que presentaron un proyecto de ley para crear y sancionar el delito de “mendicidad infantil forzada”.

El texto (boletín 16501-07), ingresado en el Senado el martes 2 de enero, está firmado por el socialista Alfonso de Urresti, el DC Francisco Huenchumilla, la UDI Luz Eliana Ebensperger y el independiente Karim Bianchi.

En éste, sostienen que “hoy la situación en el norte del país, en Santiago centro y comunas aledañas es aun más crítica, ya que se han presentado denuncias respecto no sólo de arriendo de niños, sino también de intimidación y explotación infantil para la recaudación de dinero por limosnas, al punto de inclusive drogar o sedar a los menores para que actúen como se les exige”.

“Estas conductas continúan al alza en la actualidad y se han creado verdaderas mafias de alquiler de niños, niñas o adolescentes para pedir limosna, colisionando con la trata de personas y el tráfico de menores”, afirman.

En la iniciativa relatan algunos testimonios de personas desde ambos lados de esta práctica, recogidos en las calles de Santiago: “Yo le alquilo a mi hijo a una señora tres esquinas más allá porque con él le dan más plata”; “con los ‘chamos’ hacemos entre 40 a 50 lucas extras por hora”; “la niña vende más paletas porque ella da más pena”, son parte de las declaraciones que citan los senadores.

En ese marco, dentro de esta forma de abuso “que era ajena a nuestra realidad nacional”, la propuesta legal identifica dos tipos penales para sancionar: el primero, “la mendicidad infantil propia, que guarda estricta relación con la utilización de menores de 18 años para la acción de pedir limosna y obtener un beneficio económico de ello”; y el segundo, “la mendicidad infantil ajena, que resulta en poner a disposición menores de 18 años a terceros para la acción de pedir limosna a cambio de un beneficio económico”.

EL PROYECTO

El proyecto de ley es el siguiente:

“Agréguese un nuevo artículo 358 al Código Penal, del siguiente tenor:

El que forzase la práctica de mendicidad a un menor de 18 años por medio de amenaza, manipulación, alquiler, remuneración o por abuso de confianza, será condenado a presidio menor en su grado medio a máximo.

Misma pena sufrirá el que por sí o por interpósita persona ofreciere, entregase, pagase, pidiese, cobrase o recibiese dinero o alguna especie susceptible de ser avaluada en dinero a cambio de disponer de un menor de 18 años para la práctica de la mendicidad a un tercero”.

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