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Sernac determinó que los influencers deben asumir su responsabilidad por los productos y servicios que comercializan

“No es lo mismo creer que un ‘influenciador’ usa un producto porque le gusta, que saber que lo usa porque una marca le paga para publicitarlo”, recalcan desde el Servicio Nacional del Consumidor.

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) presentó una circular interpretativa que establece las guías, incluyendo las directrices y buenas prácticas, para la publicidad nativa – aquella integrada en portales web para difuminar las diferencias entre los avisos publicitarios y el propio contenido del medio – y también para los influencers.

A grandes rasgos, en aquellos casos en que la Ley del Consumidor sea infringida, la circular establece que la responsabilidad civil e infraccional recae sobre la empresa que realiza el anuncio publicitario. Pero cuando los influencers se encargan de comercializar sus propios productos o servicios, ellos serán responsables por las infracciones a la legislación.

La circular también impulsa buenas prácticas para que las empresas e influencers identifiquen de manera clara y destacada cuando un contenido es publicitario. Asimismo, también apuntan a que anunciantes e influencers expliciten su vínculo comercial, algo que no siempre queda claro.

“No es lo mismo creer que un ‘influenciador’ usa un producto porque le gusta, que saber que lo usa porque una marca le paga para publicitarlo. Lo consumidores muchas veces confían en la espontaneidad del mensaje publicitario”, explicó el Subdirector del SERNAC, Jean Pierre Couchot según consta en Pulso de La Tercera.

Desde el Sernac además plantean que los influencers no deben promocionar estereotipos ni difundir productos que afecten la salud. Lo último es una clara alusión a las polémicas que han involucrado a algunos famosos en relación a la promoción de dietas en redes sociales. De existir algún tipo de relación comercial, ahora no solo actuarían las autoridades de salud.

Finalmente convocan a que en redes sociales exista un resguardo en relación a los avisos publicitarios en redes sociales enfocados a los niños y adolescentes, ya que los menores de edad pueden acceder a ese contenido sin supervisión.

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